HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO en los mismos términos establecidos por la parte actora. Así mismo, vista la diligencia de fecha del 7 de febrero de 2008, mediante la cual se solicita que se remita a ejecución, cuando se encuentre definitivamente firme esta decisión, se ordenará la remisión inmediata mediante oficio al Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo a los fines que continúe con la presente causa.