este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la empresa BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., y la ciudadana YURI ROLANDO PRATO RINCON, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, dejando expresa constancia que el pago acordado se entregara a la Extrabajadora dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir del día 05 de Febrero de 2013. De igual manera, una vez conste en auto el pago acordado, este Tribunal dará por terminado el presente asunto, ordenándose su archivo y su cierre informático definitivo. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
El Juez
El Secretario
Abg. Diego Antonio Araujo Aguilar
Abg. Mario Colombo