Este JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa Nro. 328-13 de fecha 24 de mayo de 2013, Expediente N° 027-2012-01-01435 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y el consecuente pago de salarios caídos incoado por el ciudadano FRANKLIN DIOBARDO UZCATEGUI, interpuesto contra la entidad de trabajo AMBULANCIA RESCARVEN C.A .- SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.-