´Ahora bien, constatándose lo dicho por la Juez, ABG. ENEIDA J TORREALBA C, tal y como se desprende de las copias certificadas remitidas a este Juzgado a los fines de dar sustento a la inhibición planteada, las cuales comprende las actas relacionadas a la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, contenida en el expediente signado bajo el N° AP31-F-S-2025-000168, presentada por la apoderada judicial de la ciudadana NORMA JOSEFINA TIRADO, y la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos contenida en el expediente N° AP31-F-S-2024-002300, presentada el 02 de abril de 2024, por los ciudadanos NAIROBI ELIZABETH MATERAN GONZALEZ, HARVY STEVE MATERAN GONZALEZ, HARLY ALEJANDRO MATERAN GONZALEZ y KAROLYNG DEL CARMEN MATERAN TIRADO, habiendo la Juez emitido pronunciamiento respecto a la última de las solicitudes mencionadas en fecha 08 de mayo de 2024, se concluye que se encuentra incursa en la causal contenida en el ordinal 15º del artículo 82 del Có.....