DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Falta de Cualidad e Interés para sostener el presente juicio, alegada por la empresa IBERIA.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por los accionantes identificados en el cuerpo de la presente decisión contra la empresa VENEZOLANA INTERNACIONAL DE AVIACION S.A. "VIASA", todos ampliamente identificados en el cuerpo de la presente decisión.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior, SE CONDENA a la empresa VENEZOLANA INTERNACIONAL DE AVIACION S.A. "VIASA", a reintegrar los aportes mensuales que le fueron descontados a cada uno de los trabajadores accionantes, que debían ser destinados al Fondo de Jubilación que por vía de Convención Colectiva estaba obligada la citada empresa a constituir, los cuales deberán ser actualizados o ajustados; así como al pago de los aportes patronales que debieron realizarse a partir de la fecha en que debió constituirse el Fondo de Jubilación, tal como se estableciera en la motiva de la presente decisión.
CUARTO: Vist.....