Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, de conformidad con el artículo 26 Constitucional; 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el acápite Segundo del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA DE PROTECCION A LOS CULTIVOS a favor del ciudadano LUIS RAMÓN GARCÍA ROA, antes identificado, en un lote de terreno de una hectárea (1 has), el cual se encuentra ubicado en el Sector Parque Caiza, Parroquia Caucaguita, Municipio Sucre del Estado Miranda, en tal sentido se ordena al ciudadano JOHAN GONZÁLEZ BUSTAMANTE, así como a cualquier otro particular, a cesar las perturbaciones hacia el referido ciudadano, a fin de garantizar la continuidad del proceso agroproductivo.
SEGUNDO: Dicha medida tendrá una vigencia de un (1).....