Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados por el abogado MOISES AMADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 37.120, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano EMILIO FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad número V-11.227.094, (recurrente) en fecha 27 de febrero de 2013; y por la ciudadana CONSUELO JUANATEY DE LA CRUZ, titular de la cédula de identidad número V-3.149.509 (tercera interesada), asistida por la abogada SERGIA TINEO DOTANTT, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número V-55.187, pasa este Juzgado Superior a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los términos siguientes: