este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 198 °.
La Juez
La Secretaria
Nereida Hernández González
Diraima Virguez
Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
La Secretaria
Diraima Virguez