SIN LUGAR La Prejudicialidad alegada como punto previo por la parte demandada de la causa de acción penal invocada en la contestación de la demandada y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano GIOVANNI BONICI, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nº E-82.244.668, en contra INDUSTRIAS LÁCTEAS VENEZOLANA C.A. INDULAC, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de mayo de 1941, bajo el Nro. 28, Tomo 218-A-Pro., En consecuencia se ordena a la parte demandada a cancelar
PRIMERO: Las Cantidades y conceptos señalados en la parte motiva de la presente decisión, más los intereses de prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación.
SEGUNDO: Se ordena la cancelación de los intereses de mora de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde la fecha de finalización de la relación de trabajo es.....