este JUZGADO CUARTO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ÚNICO: CONFIRMA LA DECISIÓN DICTADA la decisión dictada en fecha veinticuatro (24) de noviembre del dos mil diecisiete (2017) por el Juzgado Décimo Segundo de Primera Infancia de Juicio de este Circuito Judicial Laboral, SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del fallo.