En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL en la presente causa seguida al ciudadano WILLIAM ALBERTO FILOMENO, quien es de nacionalidad venezolana, titular de cédula de identidad Nº V-18.446.009, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal; así mismo CESA LA CONDICION DE IMPUTADO del referido ciudadano. Así mismo se decreta el CESE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES IMPUESTAS, conforme al artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con la norma citada ut supra.
Publíquese, regístrese y diaricese la presente decisión y notifíquese a las partes, remítase las presentes causa en su estado original a la Fiscalía 50º del Ministerio P.....