DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la demandada incoada por el ciudadano FELIPE NIÑO VARGAS contra la empresa JAPREM ZULIA C.A. Quedando la accionada obligada a cancelarle al actor la cantidad total de SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON 15/100 (Bs. F. 7.865,15) por concepto de Prestación de Antigüedad, Vacaciones Fraccionadas, Utilidades Fraccionadas, indemnización por Despido Injustificado e indemnización Sustitutiva de Preaviso así como lo que corresponda por intereses moratorios e indexación judicial lo cual será determinado por experticia complementaria del fallo en base a los parámetros suficientemente indicados por este Tribunal en la parte motiva de la presente decisión.
SEGUNDO: Se co.....