Con base a las consideraciones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, declara IMPROCEDENTE la solicitud de homologación de la transacción presentada por HERIG JOHAN GUERRERO GUERRERO y BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL C.A