Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente "INDUSTRIA LACTEA VENEZOLANA, C.A. (INDULAC)". En consecuencia:
i) Se ANULA la Resolución Nº 04-00-03-04-195 de fecha 03 de diciembre de 1998, confirmatoria del Reparo Nº 05-00-03-0244 de fecha 14 de julio de 1998.
ii) NO SE CONDENA en costas procesales a la República, en virtud del criterio sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia Nº 1.238 del 30 de septiembre de 2009, caso: Julián Isaías Rodríguez Díaz, en cuanto "considera que el enunciado normativo de prohibición de condenatoria en costas a la República encuentra una justificación constitucional por lo que debe prevalecer como privilegio.....