Por todo los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de HECTOR NAVARRO, a tenor del artículo 318, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 48 ordinal 8 Ejusdem y el artículo 108 numeral 4, del Código Penal, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley de Violencia Contra la Mujer y la Familia.