D I S P O S I T I V A:
Por las razones antes expuestas este Juzgado Undécimo de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA el Beneficio de Régimen Abierto, al penado IBARRA RAMIREZ WILMER RODOLFO, titular de la cedula de identidad Nº 12.833.355, por no llenar el requisito concurrente en el ordinal 3º del articulo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese de la presente decisión a las partes. Publíquese, regístrese, notifíquese y cúmplase con las demás formalidades legales.