"...1) Declara sin lugar el segundo y tercer motivo alegado por el defensor. 2) Declara parcialmente con lugar el primer motivo alegado por el defensor, relativo a la falta de motivación de la sanción impuesta. 3) Se anula la sentencia impugnada, sólo en lo relativo a la determinación de la sanción. 4) Se ordena la remisión a un juez de juicio distinto del que conoció originariamente, para que, en audiencia con las partes, en aplicación de los principios de concentración e inmediación, imponga la sanción o sanciones que correspondan, debidamente motivadas..."