1.- INCOMPETENTE para conocer y decidir la presente acción interpuesta por por los Abogados LUIS ROJAS BECERRA y KUNIO HASUIKE SAKANA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 10.038 y 72.979, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Compañía PROCTER & GAMBLE INDUSTRIAL, S.A., empresa debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 19 de junio de 1991, bajo el N° 42, Tomo 141A, interponen demanda de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el acto administrativo contenido en la Certificación Nº 0262-10, de fecha 06 de mayo de 2010, dictada por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a través de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda, en fecha 06 de mayo de 2010 mediante el cual se certificó que el Ciudadano ODREMAN ALEXANDER SIERRA CORDOBA, venezolano, mayor de edad y titular de.....