En atención a lo expuesto, luego de una revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que el libelo de la demanda fue presentado en fecha 28 de noviembre de 2005, evidenciándose que la representación judicial de la parte demandante estimo la demanda en la cantidad de sesenta y cuatro millones cuatrocientos veintiún mil seiscientos sesenta mil Bolívares (Bs. 64.421.660), que equivalen en la actualidad a la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO BOLÍVARES CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (BS. F 64.421,66), observándose que para dicha fecha, la unidad tributaria estaba fijada en veintinueve mil cuatrocientos bolívares (Bs. 29.400), por lo que la estimación de la demanda ejercida era de 2.191,21 Unidades Tributarias, resultando que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en fecha 20 de mayo de 2004, en su artículo 18, exigía como requisito indispensable.....