Se dictó Sentencia Interlocutoria mediante la cual se de DECRETO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos, ROGER ALEJANDRO LOVERA BONILLA y ALEJANDRA JOALIS BUSTAMANTE CARRASQUEL, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 06 de junio de 2014, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 189 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acordó expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previa consignación de los fotostatos necesarios.-