III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos YVETTE ALVARADO KISS y RICARDO JOSE PEÑA MEDINA ambos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el ocho (8) de octubre de 1999, por ante la Prefectura de la Parroquia Aguirre del Estado Nueva Espartal, según se evidencia de acta de matrimonio No. 28, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa entidad, fue inserta también en el Registro Civil del Municipio Chacao, según se evidencia acta de matrimonio emanada del Registro Civil con el No. 06, Tomo I, año 2007.
TERCERO: Líbrese oficio p.....