En este estado, visto que la presente conciliación no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, HOMOLOGA EL ACUERDO EN LOS TERMINOS EXPUESTOS, dándole FECTOS DE COSA JUZGADA. Se establece que ambas partes deberán consignar copia fotostática de los cheques cancelados a los trabajadores, para que una vez conste a los autos la totalidad del pago se procederá al archivo del expediente. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
La Juez