Este Tribunal con vista a la manifestación de voluntades de las partes Homologa el acuerdo entre las partes y se le da carácter de cosa juzgado. Asimismo, una vez precluya el lapso de ley, este Juzgado ordenará el cierre y archivo del expediente. Igualmente, se insta a la representación judicial de la parte Demandada, consigne ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) la copia digitalizada del comprobante de la referida transferencia.