Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado MARCO MORENO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 59.589, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial del Trabajo en fecha 29 de enero de 2007, en el juicio incoado por la ciudadana DAMELIS PASTORA VALERO contra el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA; SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial del Trabajo en fecha 29 de enero de 2007, en el juicio incoado por la ciudadana DAMELIS PASTORA VAL.....