Por los fundamentos fácticos y jurídicos explanados, este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano EMERSON GUILLERMO GUTIERREZ GODOY contra la decisión de fecha 05/06/2012 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada. TERCERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano EMERSON GUILLERMO GUTIERREZ GODOY contra la empresa LED MEDIA C.A., en los términos expuestos en el presente fallo. Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.