DISPOSITIVA
En virtud de todos los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA LIBERTAD al ciudadano HERNANDEZ PAEZ JOSÉ GREGORIO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.689.087, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, fecha de nacimiento 20-11-1980, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio vendedor, residenciado en Calle Colegio Americano, Casa N° 40-15, Las Minas de Baruta, en virtud de cumplir con la totalidad de la pena en fecha 30 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, y por se ordena su LIBERTAD, de conformidad con lo consagrado en el articulo 105 del Código Penal, quedando solamente sometido a la Sujeción de la Vigilancia a la Autoridad como pena accesoria por un tiempo de UN (1) MES .....