DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto Este Juzgado de Primera Instancia Segundo en Funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y en uso de sus Atribuciones Legales que le confiere la Ley ACUERDA: Primero: DICTAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA que se le sigue al adolescente (INDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÌCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 5 en concordancia con los ordinales 1, 3, 5, 6 y 10 del Artículo 6 de la Ley de Robo y Hurto de Vehículo Automotor, el cual fuera cometido en fecha 02/01/2001 en agravio del ciudadano William Eduardo Mejìas Baez, en virtud de que de la copia certificada del acta de defunción que consignara por ante este Tribunal la representante legal del adolescente acusado se desprende que el mismo murió a consecuencia de: Shock Hipovolem.....