Por las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCIÓN POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentada por el ciudadano JOSE GREGORIO MALDONADO BATISTA en contra de SUPERMERCADO UNICASA, C.A, ambas partes identificadas en autos. SEGUNDO: Se ordena a la demandada a pagar los siguientes conceptos y cantidades: Utilidades Vencidas: Bs. 968.310.00, Vacaciones Bs. 124.499,97, Bono Vacacional Bs. 255.916,60, Prestación Social de Antigüedad, Bs. 3.158.384.00, para lo cual se designará un perito contable que debe tomar en cuenta los siguientes lineamientos: la fecha de ingreso y egreso indicadas ut supra, en cuanto a los intereses de prestaciones sociales, corrección monetaria, intereses de mora,