PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR las apelaciones interpuestas en fechas 11 de Enero de 2007 por los abogados MARYURI MEZA y ANGEL LEONARDO FERMÍN, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada y actora, respectivamente, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 19 de Diciembre de 2006. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda en el juicio que por diferencia de prestaciones sociales interpuso la ciudadana BELQUIS JOSEFINA BLANCO BALDONEDO contra CABOTAJE VENEZOLANO, S.A. TERCERO: Se condena a la demandada a pagar a la actora la cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SETENTA CÉNTIMOS (Bs. 1.952.564,70.), por diferencia de antigüedad, indemnización por despido injustificado, utilidades y vacaciones fraccionadas mas los intereses sobre prestaciones sociales, intereses de mora e indexac.....