Por todo lo antes expuesto y por cuanto se evidencia de los autos que la niña, supra identificada, reside actualmente junto a su progenitora, en la Asociación Civil Lomas del Club de Campo, calles Las Mujicas, casa N° 4, San Antonio de Los Altos, Estado Miranda; y el padre quien según se señala en el libelo se encuentra domiciliado en: Urbanización Monte Bello, Edif. Caura, Torre D,, Piso 5, Apto. 51-B, Lomas de Urquia, Municipio Carrizales, Estado Miranda, lo cual evidencia que el presente procedimiento es competencia de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; es por lo que este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal N° XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se DECLARA INCOMPETETE por el territorio para seguir conociendo el presente asunto, y en consecuencia acuerda declinar la competencia y remitir el presente asunto al Tribunal de Protección del Niño.....