VI
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO. NO HA LUGAR EN DERECHO las apelaciones presentadas por VENEZOLANO DE CRÉDITO, S.A., Banco Universal, antes BANCO VENEZOLANO DE CRÉDITO, S.A.C.A., contra los autos dictados en fecha catorce (14) de enero de 2013 y cuatro (04) de febrero de 2013 por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas.
SEGUNDO. SE ANULAN los autos de fechas 23 de enero de 2013 y catorce (14) de febrero de 2013, dictados por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas, a través de los cuales oyó en un solo efecto los recursos de apelación interpuesto por VENEZOLANO DE CRÉDITO, S.A., Banco Universal, antes BANCO VENEZOLANO DE CRÉDITO,.....