Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la decisión de fecha 30 de mayo de 2014, dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la mencionada decisión. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Eduin Enrique Mercado Acosta, contra la Sociedad Mercantil KD Delicatesses Valle Arriba, C.A. CUARTO: SE ORDENA a la demandada a pagar al accionante los conceptos y cantidades condenados conforme a los parámetros y co.....