este Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara; CON LUGAR la Rectificación del Acta de Defunción inserta en el libro de Registro Civil de Defunciones, llevado por la Oficina de Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, Acta de Defunción Nº 241 del año 2010, en cuanto a las omisiones correspondientes a algunos datos. En consecuencia, donde dice "LORDES debe decir LOURDES", donde dice: "de estado civil xxxxxxxxxx", debe decir "de estado civil CASADA"; de igual forma, donde dice "de prefesión xxxxxxxxxxx, debe decir Psicólogo", donde dice "natural de xxxxxxxx, debe de decir Caracas", donde dice "Domiciliado(a) en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, debe decir Calle 2, Edificio Residencias IMPERIO, Piso 10, Apartamento 105, Urbanización Los Palos Grandes".; ASÍ SE DECIDE.