Este Juzgado vistos los pedimentos que anteceden los acuerda de conformidad; en consecuencia, y vista la autocomposición procesal celebrada entre las partes, deja sin efecto la medida de Secuestro declarada sobre el inmueble objeto de la presente medida y ordena la remisión inmediata de la presente comisión en el estado en que se encuentra al Tribunal de la Causa, a los fines legales consiguientes.