Ahora bien; una vez revisada la transacción celebrada por las partes, sobre los conceptos descritos en la motiva del presente auto, se evidencian que los mismos cumplen con los requisitos exigidos en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, De los Trabajadores y Trabajadoras, Art 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, por cuanto versa sobre los derechos expresados en el libelo de la demanda, que está circunstanciada y fueron discriminados los derechos en ella contenido. En consecuencia este Juzgado homologa la transacción en cuanto al procedimiento y niega el desistimiento de la acción. Dándole efecto de la cosa Juzgada. Todo ello en el juicio seguido por la parte actora SIMON CARVAJAL EN CONTRA DE LA EMPRESA procedimiento de oferta real seguido por la parte Oferente la entidad de trabajo, " GRUPO ZONEMAR C.A, y otros", , dándole efecto de la cosa juzgada.
Visto que la presente causa, se encontraba transcurriendo el lapso para la ce.....