En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SIN LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD interpuesto por la ciudadana MARIA DANIELA VALENTE, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA, bajo el Nº162.511 representante de PRODUCTOS EFE, S.A., (anteriormente denominada Sociedad Productora de Refrescos y Sabores, SORPRESA, C.A) contra Certificación N° 0414-12, de fecha 12/07/2012 emanado de la Dr. Cesar Salazar en su carácter de Médico del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL). Se ordena la notificación a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, Al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laboral, a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Miranda.