DISPOSITIVO
Por las razones tanto de hecho como de derecho que anteceden, este Tribunal, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por las ciudadanas GLADYS MARTINEZ DE SIMANCAS, BLANCA ORSA MARTINEZ DE PERDOMA y NINA GABRIELA VASQUEZ DE SANGRONIS, plenamente identificadas en autos, en contra de los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA. Notifíquese. Lìbrese lo conducente.-
Publíquese y regístrese. Años 196° de la Independencia y 146° de la Federación.
LA JUEZ
DRA. ZULAY UMANES
LA SECRETARIA (S)
Abog. Angie Carfi
ZUC/…
Exp. 1303-06