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Decisiones del dia 13/11/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Septimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2012-003919 N° Sentencia : Fecha: 13/11/2012
Procedimiento:
Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
Partes:
ECELIA YAMILETH PALACIOS MARTINEZ / PERNI PIÑA C.A.
Resumen:
este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos, interpuso la ciudadana ECELIA YAMILETH PALACIOS MARTINEZ contra la empresa PERNI PIÑA, C.A., ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS OCHO BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA UN CENTIMOS (Bs.28.308,91), por concepto de Vacaciones; Bono Vacacional; Utilidades; antigüedad artículo 108 de la LOT, Indemnización por Despido Injustificado más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, en los términos señalados en la parte motiva de este fallo y Así se decide. Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo pre.....
Juez/Ponente:
Diego Araujo
Organo:
Juzgado Septimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-S-2012-002314 N° Sentencia : Fecha: 13/11/2012
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
KONTRATA 2929, C.A. / MONICA MONROY.
Resumen:
este Juzgado Séptimo de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, tan solo HOMOLOGA el acuerdo de pago suscrito por las partes, en el sentido de que se deja constancia de la cantidad recibida por el extrabajador (oferido) de CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UN BOLIVARES CON 42/100 CENTIMOS (Bs. 45.991, 42), Hecha por la empresa (oferente), se dará por terminado el presente asunto una vez vencido el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación del presente auto. Queda a salvo favor del extrabajador cualquier diferencia que considere que exista por sus derechos laborales pudiendo acudir a la vía ordinaria laboral. Así mismo, la empresa oferente podrá oponer al oferido el presente pago, cuando lo considere oportuno. Así se decide. ABG. DIEGO ANTONIO ARAUJO AGUILAR JUEZ ABG. JOSE ANTONIO MORENO SECRETARIO
Juez/Ponente:
Diego Araujo
Organo:
Juzgado Septimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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