Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- SU COMPETENCIA, para conocer y decidir la presente demanda de nulidad interpuesta por los abogados Paola Andrea Betancort Valencia y Luís Felipe Maita, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 97.185 y 16.588, respectivamente, actuando en su carácter de apoderado judiciales de los ciudadanos en nombre y representación de los ciudadanos JESUS VICENTE RENGIFO, JOSE EMILIO RENGIFO, TEODORO RAMON REQUE RENGIFO, ANA SIBESTRA RENGIFO, JOSEFINA AMADA VASQUEZ RENGIFO, CARMEN DELIA RENGIFO, MARIA LOURDES RENGIFO, JULIA AMANDA VASQUEZ DE MENDEZ y LUISA LIGIA VASQUEZ DE RIO-BUENO, actuando a su vez en carácter de herederos de DOLORES RENGIFO, CARMEN LEONIDAS RENGIFO DE VÁSQUEZ, CANDIDA RENGIFO y ANTERO MARÍA RENGIFO, en su carácter de he.....