VII
DISPOSITIVO
Con base a los razonamiento anteriormente expuesto, Este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: CON LUGAR la FALTA DE CUALIDAD alegada en juicio por la ALCALDIA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, en nombre del tercero interviniente CORPORACION DE SERVICIOS MUNICIPALES. SEGUNDO: SIN LUGAR la PRESCRIPCIÓN, alegada por la parte demandada PROACTIVA LIBERTADOR, C.A. Inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28 de diciembre de 2004, bajo el Nº 63, Tomo 219-A-Sgdo. TERCERO: SIN LUGAR la demanda por Diferencia de Cobro de prestaciones Sociales y otros conceptos laborales incoada por los ciudadanos PEDRO PARUCHO FLORES, DANIS ANTONIO PAZ, VICENTE EMILIO .....