En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos Dubraska Thais del Rosario Sánchez y Pedro José Bustamante Bolívar, plenamente identificados en autos; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 4 de agosto de 2006, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, tal y como consta en el acta de la partida de matrimonio nº 80, folio 80 del Libro de Registro Civil de matrimonios correspondiente al año 2006.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registrador Principal del Distrito Capital y al Consejo Nacional Electoral (C.N.E.), a los fines .....