PRIMERO: HA LUGAR LA CONSULTA OBLIGATORIA de la sentencia de fecha 28 de junio de 2018, emanada del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y, en consecuencia, SE CONFIRMA el referido fallo en todas y cada una de sus partes. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, ejercido por el ciudadano VICTOR SUAREZ SERRANO contra BOLIVARIANA DE PUERTOS (BOLIPUERTOS), ambas partes plenamente identificadas a los autos, contra el acto administrativo, contenido en la Providencia Administrativa N° 133/17, de fecha 18 de mayo de 2017, proferida por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Notifíquese mediante oficios, dirigidos a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, a la Fiscalía General de la República y a la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas. AS.....