Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoara la sociedad financiera BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL., contra la sociedad mercantil MAXI STORE, C.A., y los ciudadanos HENRY JOSE BAZO AGUILAR y HENRY JESUS BAZO GUERRERO, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA Medida de EMBARGO PROVISIONAL sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTAS VEINTIOCHO MIL QUINIENTAS SESENTA CON SETENTA Y TRES UNIDADES DE VALOR DE CREDITO (UVC 17.428.560,73), equivalente en bolívares a la cantidad de TRES MILLONES CIENTO TREINTA MIL SEISCIENTOS DOS BOLÍVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (Bs. 3.130.602,10) y se NIEGA la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada po.....