Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el articulo 3 la Ley Orgánica del Trabajo y 10 y 11 de su Reglamento. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Asimismo, se deja constancia de la devolución de los escritos de promoción de pruebas, por lo que en este mismo acto se dá por terminado el presente asunto, se ordena el cierre informático y su REMISIÓN A LA DIVISIÓN DE ARCHIVO JUDICIAL. Ahora bien, en virtud de la solicitud realizada por las partes el Tribunal ordena expedir dos (2) juegos de copias certificadas, las cuales son retiradas en este acto. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ .....