En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto (6°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 14 de diciembre de 2020, por el ciudadano JOSÉ SALAZAR, en su carácter de Secretario General, del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Venevisión (SINTRAVENEVISIÓN), contra la sentencia de fecha 03 de noviembre de 2020, dictada por el Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial; SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado; TERCERO: CON LUGAR la demanda en nulidad del acto administrativo interpuesto por el ciudadano DOUGLAS ENRIQUE RÍSQUEZ NÚÑEZ y Sindicato Nacional de Trabajadores Profesionales de los Medios Audiovisuales de Venezuela (SINTRAPROAV), contra el Acto Administrativo No. 20.....