Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento UNICO: Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado Adolfo Márquez López, Defensor Privado, en su carácter de Defensa del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) en contra de la decisión de autos, celebrada en fecha 09 de diciembre de 2013, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 3 de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, por ser considerado irrecurrible, debido a que no se encuentra dentro de los supuestos que establece el artìculo 608 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.