Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada MARIA LOPEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 02 de julio de 2014, emanada del Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas y como consecuencia de ello se declara el desistimiento de la adhesión de la apelación, con motivo del juicio incoado por el ciudadano NELSON RUIZ, contra la empresa CENCOZOTTI ANILINAS S.A., CENCOZOTTI PLASTICA, S.A. Y OTRAS.