Con base a los razonamientos anteriormente expuesto, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO LARA LARA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 8.441.221, en contra de la sociedad mercantil PLANSANITAS S.A inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 07 de mayo de 2004, quedando anotada bajo el N° 12, tomo 904-A-QTO., en consecuencia se ordena a la parte demandada a cancelar los conceptos y cantidades determinadas en el presente fallo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.- Y ASÍ SE DECIDE.-