DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada MOTOR BEARING AND PARTS (Mobepar), C.A., y como consecuencia de ello, CON LUGAR la demanda que por DESALOJO incoara en su contra la sociedad mercantil C.A INMOBILIARIA PERDOMO DELGADO, ambas identificadas en la parte inicial de este fallo.