este Juzgado, en virtud que el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del Trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efecto de Cosa Juzgada. En consecuencia, se ordena el cierre informático del presente asunto y el archivo definitivo del expediente en virtud de haberse producido el pago acordado. Cúmplase.- Se ordena certificar el presente auto con copia de la diligencia presentada a los fines estadísticos.